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NIVEL SECUNDARIO
ESCUELA PETRONA JIMENEZ CAMPERO DE ADAMI
ESPACIO CURRICULAR:
- TIC: 03 hs. cát. 4° “D”- Turno Tarde- Lunes 16:30 a 17:10 hs., Viernes 15:40 a 16:20 hs.-16:30 a 17:10 hs. Carácter Interino a Término.
PERFIL:- Profesorados en Informática/ Computación.
–Ingenieros, Licenciados, Analista, Programadores en Computación-Sistemas-Informática.
–Técnicos Universitarios, Técnicos No Universitarios en Computación- Sistemas-Informática.
CARGO:
- PRECEPTOR/A: 30 hs. cát.- Turno Mañana- Lunes a Viernes 07:30 a 11:30 hs.-Carácter Interino.
Las designaciones se realizarán el día Martes 01/07/2025 a 09:30 hs en sede del Comité de Calificación Docente sito en Belgrano 51 oficina 29 B , Yerba Buena.
En caso de no cubrirse el ESPACIO CURRICULAR TIC con PADRON DEFINITIVO VIGENTE se procederá inmediatamente a INSCRIPCION DE LLAMADO ABIERTO PARA DOCENTES Art. 9° inc d) Ordenanza 2068 ( demás docentes).
La exposición del Padrón Provisorio, Tacha, Padrón Definitivo y posterior Designación se comunicará al finalizar la inscripción.
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN
Al momento de la inscripción:
Art 9° inc d): Demás Docentes que cumplan con lo dispuesto en el Art 12 de la Ordenanza 2068
- Si el aspirante posee legajo de antecedentes docentes en el Comité de Calificación Docente, deberá solo presentar los últimos antecedentes en original y fotocopia para ser autenticados y agregados al mismo.
- Si no posee legajo de antecedentes docentes y/o profesionales en el Comité de Calificación Docente, deberá presentar en original y copia: D.N.I. Títulos y antecedentes (original y fotocopia) para autenticarlos y así formar legajo de antecedentes docentes en este Comité.
Sr. Docente:
Se comunica que para las Cobertura de Cargos/Hs Cátedras:
- No debe encontrarse en uso de licencia médica.
- Deberán presentarse munidos de DNI y Declaración Jurada de Cargos Dcto 785/14 en original, completa y actualizada del año en curso.
AVISO:
LOS CARGOS Y/U HORAS CÁTEDRAS DE NIVEL INICIAL, NIVEL PRIMARIO Y SECUNDARIO QUE SE ENCUENTEN VACANTES SOLO PODRÁN SER CUBIERTOS POR DOCENTES EN CONDICIONES DE EMITIR FACTURA POR LOS SERVICIOS PRESTADOS, SIN EXCEPCIÓN. Circular S.G. N° 02/2022